1 de septiembre de 2021

Despido colectivo, periodo de consultas y acuerdo: impugnación individual de las causas

Planteamiento inicial Hasta el 12 de julio de 2021, los despidos colectivos finalizados tras el periodo de consulta con acuerdo entre las representaciones empresarial y de los trabajadores, impedía posteriormente a los trabajadores afectados por la extinción, impugnar individual y directamente las causas justificativas del despido colectivo y el acuerdo alcanzado entre las partes, conforme a la doctrina casacional vigente desde la Sentencia nº 699/2018 de 2 de julio de Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, que planteaba:


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del mecanismo de recuperación y resiliencia.

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